EL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
El sistema educativo español se halla en constante reforma desde hace 25 años (LOECE primero, luego LODE, LOGSE, LOPEG, LOCE -ahora- y la próxima LOE). Aparecen ideas innovadoras que aportan pobres resultados. Cambian los gobiernos y aparecen nuevos criterios educativos que auguran una nueva época. Sin embargo, aun con todos estos cambios legislativos no se han alcanzado tres cuestiones básicas para cualquier sistema educativo: claridad acerca de cuáles han de ser los objetivos del sistema educativo, estabilidad de los modelos y programas docentes y financiación adecuada.
Hace ya tiempo que asistimos a la última edición de esta reforma constante de la educación. El Ministerio de Educación ha presentado recientemente el anteproyecto de Ley Orgánica de Educación.. Se han sucedido jornadas y debates de todo tipo sobre el tema. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las asociaciones de madres y padres han hecho sus aportaciones. El sector más reaccionario de la Iglesia católica lucha por no perder ganancia en el diseño curricular de la escuela y especialmente defiende la enseñanza de la religión como asignatura de plenos derechos, así como pretende también imponer una asignatura alternativa con especificaciones acerca de su contenido.
A continuación se exponen algunos argumentos que considero hay que tener en cuenta sobre la educación.
“Los centros escolares han de ser responsables y disponer de autonomía suficiente para cumplir los objetivos marcados: La normativa vigente (LOCE y el complejo desarrollo en disposiciones de aplicación) encorseta excesivamente la actividad de los centros escolares. La opción por una legislación detallista tiene la ventaja de unificar criterios que van desde los contenidos hasta la gestión del centro. Sin embargo presentan el gran inconveniente de colocar una camisa de fuerza sobre los propios centros, su profesorado y su alumnado. Dadas las realidades plurales conviene establecer una legislación que marque las grandes líneas y directrices del sistema educativo.”
“La escuela ha de ser un instrumento de socialización del conocimiento: Éste es el principal objetivo del sistema educativo en una sociedad democrática. La "socialización del conocimiento" supone como mínimo dos cosas:
a) el conocimiento disponible, y no su apariencia, es puesto a disposición de las personas y
b) el acceso al conocimiento no queda supeditado al poder adquisitivo de las personas. Pero la socialización de la enseñanza no puede entenderse como igualación a la baja (principalmente forzado en centros públicos) que estrangule el fomento de la excelencia, ni tampoco ésta debería concebirse como adversaria de la generalización de la enseñanza.
Es posible establecer formas dinámicas de gestión educativa en que igualdad y excelencia se potencien entre sí, si no se concibe todo el sistema como mero aprendizaje de la competitividad que excluye la cooperación en las diferencias y diversas capacidades.”
El sistema educativo español actual (según la LOGSE) clasifica las enseñanzas en: régimen general (educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria (ESO), bachillerato, formación profesional de grado medio y de grado superior) y régimen especial (enseñanzas artísticas y de idiomas). La enseñanza es obligatoria entre los seis y los dieciséis años. En 2007 se aprobó la LOE.
Escuela Infantil (0–3 años)
Aula de Infantil en colegio de primaria (3–6 años).
Estructura: tres ciclos de dos cursos cada uno:
Ciclo inicial (6–8 años)
Ciclo medio (8–10 años)
Ciclo superior (10–12 años)
Estructura: dos ciclos de dos cursos académicos cada uno:
Primer Ciclo (12–14 años)
Segundo Ciclo (14–16 años)
Al acabar la ESO el alumno tiene diferentes opciones:
Cursar los ciclos formativos de grado medio
Acceder al Bachillerato.
Incorporarse al mundo del trabajo (ha cumplido la edad mínima para acceder)
Estructura: consta de un ciclo de dos cursos académicos (16–18 años) dividido en modalidades:
Artes (dos vías)
Ciencias de la naturaleza y la salud
Humanidades y Ciencias sociales
Ciencias y Tecnología
Acceso: tener el título de Graduado en Educación Secundaria o equivalente o bien superar la prueba de acceso.
Estructura: comprende un conjunto de ciclos formativos que se organizan en módulos profesionales.
Los ciclos formativos están organizados en diferentes familias profesionales.
Al acabar se puede acceder al bachillerato convalidando además determinadas materias o incorporarse al mercado laboral.
Las enseñanzas que comprenden este apartado no están integrados en los niveles, las etapas o los ciclos que constituyen el régimen general. Tienen su estructura y su nivel propios, y pueden ir desde las enseñanzas elementales hasta estudios equivalentes a diplomatura o licenciatura.
Son enseñanzas de régimen especial:
- Artes plásticas y Diseño
- Conservación y Restauración de bienes culturales
- Música
- Danza
- Arte Dramático (Teatro)
- Idiomas.
Estructura y acceso:
- Estudios de primer ciclo: Acceso con la preinscripción. Son estudios terminales y al acabar se obtiene los títulos de Diplomado, Maestro, Arquitecto Técnico o bien Ingeniero Técnico. También permiten el acceso a estudios de segundo ciclo.
- Estudios de primer y segundo ciclo: Acceso con la preinscripción universitaria. Su superación da derecho a la obtención de los títulos de Licenciado, Arquitecto o bien Ingeniero. La superación del primer ciclo de cualquiera de estos estudios no comporta la obtención de ninguna titulación oficial, pero puede ser válida para la incorporación a otros estudios de segundo ciclo.
- Estudios de segundo ciclo: Acceso por la vía de un primer ciclo universitario, o bien estando en posesión del título de diplomado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o maestro, siempre que estos estudios se ajusten a la normativa de acceso para cada uno de los según ciclos. Su superación da derecho a la obtención de los títulos de licenciado, arquitecto o ingeniero.
- Estudios de 3er ciclo: Son los denominados programas de doctorado. El acceso viene regulado por la misma universidad, por la vía de la Comisión de Doctorado. Hace falta estar en posesión del título de licenciado, arquitecto o ingeniero.
- Títulos propios: Son estudios no reglados conducentes a una titulación no oficial, reconocida sólo por la universidad que los imparte.
Estos estudios tienen la misma estructura que los estudios reglados: por lo tanto, hay títulos propios de primer ciclo, de primero y segundo ciclo y de segundo ciclo.
Las universidades regulan el acceso a los títulos propios y fijan los precios académicos. También pueden ofrecer títulos de postgrado no oficiales.
http://www.mepsyd.es/educa/sistema-educativo/loe/files/aplicacion-loe.pdf - Implantación del Sistema Educativo
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